Ante una situación excepcional como catástrofes naturales, peligro inminente o emergencias de salud pública a muchas parejas separadas les surge la duda de si han de seguir cumpliendo lo acordado en los convenios reguladores por el simple hecho de que su cumplimiento se vuelve más difícil por restricciones a la movilidad, cierre de los centros en donde llevar a cabo el intercambio de los menores, consejo médico o, incluso, enfermedad.

Ante estas situaciones excepcionales hemos de afirmar que siempre se han de respetar las resoluciones judiciales y, por lo tanto, se ha de seguir cumpliendo con los regímenes de visitas, pensiones de alimentos, gastos extraordinarios, etc.

El ejercicio de la patria potestad, si se ha atribuido a ambos progenitores en sentencia judicial (la mayoría de los casos) conlleva que el progenitor que en cada momento tenga a los niños bajo su protección, ha de velar por su bienestar ajustando su actuar a las normas sanitarias e informando al otro progenitor de todo lo que pueda afectar a la salud de los hijos en común. Es decir, debe prevalecer el interés superior del menor en todo momento, su salud, siguiendo los consejos de las autoridades sanitarias en cada escenario.

En caso de prolongación de la situación excepcional o ante la imposibilidad sobrevenida de cumplir con lo acordado en el convenio (régimen de visitas, por ejemplo) recomendamos buscar consejo profesional de un abogado/a de familia que pueda “adaptar” la situación excepcional y transitoria a lo regulado en el convenio para, así, poder evitar incumplimientos. La mediación y el diálogo son fundamentales y el abogado/a puede ser el interlocutor que acerque las posturas de los progenitores.

Ello, no obstante, una vez superada la coyuntura excepcional, si las circunstancias de la pareja han cambiado y desean promover una modificación del convenio regulador ésto se puede llevar a cabo a través del procedimiento judicial de modificación de medidas.

Por ello, si tienes alguna duda sobre tu situación concreta contáctanos a través de nuestro formulario y te orientaremos brevemente o, si lo prefieres, llámanos para concertar una consulta. Estaremos encantadas de atenderte.

Además, en Cortés Ortiz Abogados ponemos a su disposición la consulta por videollamada a través de las aplicaciones Skype o Whatsapp. De esta forma puedes estar completamente informado/a a la vez que respetas las recomendaciones de las Autoridades.