En los momentos posteriores a tomar la decisión de romper la relación con tu pareja, son muchos los aspectos que quedan en el aire a la espera de formalizar los papeles del divorcio.

En este lapso de tiempo, muchas parejas consiguen realizar una transición sosegada hacia la nueva situación que tendrán en el futuro viviendo ya por separado, pero, en otras ocasiones, puede que la relación sea tensa, haya mala comunicación o no se te permita ver o comunicarte con los niños.

En estos casos, nuestra legislación permite adoptar una serie de medidas previas a la demanda de separación o divorcio para regular temporalmente aspectos tan importantes como la guarda y custodia de los hijos o el uso de la vivienda familiar.

Pero también pueden adoptarse medidas que sean necesarias tanto para salvaguardar el derecho de ambos progenitores a mantener la relación con sus hijos por igual o como por ejemplo para evitar el riesgo de sustracción de los hijos menores por alguno de los padres o por terceras personas.

Estas medidas se concretarán en una resolución judicial que se adoptará tras comparecencia de los padres en el juzgado. En ella se acordará la prohibición de la salida de los hijos menores del territorio nacional, salvo autorización judicial previa y/o la prohibición de expedición del pasaporte del niño o la retirada de este si ya se hubiere expedido y/o la necesidad de autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor… Estas medidas son temporales. Una vez adoptadas por el Juez, se cuenta con un plazo de 30 días para presentar la demanda de separación o divorcio. En el momento de admitirse a trámite la misma serán confirmadas o modificadas o, en caso de no presentarse la misma, dejarán de estar en vigor y volveremos a la situación previa a la ruptura, donde no habrá nada regulado respecto a los niños.

Por último, hay que destacar que estas medidas, si bien están previstas para su uso, deben reservarse siempre para aquellos casos donde realmente exista riesgo o urgencia que justifiquen su existencia, puesto que recordemos que al tiempo de concederse por el juzgado aún no habrá ninguna demanda de divorcio interpuesta.

Como decimos siempre, no hay dos divorcios iguales por lo que si tienes dudas sobre ésta u otras cuestiones, contáctanos a través de nuestro formulario y te orientaremos brevemente o, si lo prefieres, llámanos para concertar una consulta. Estaremos encantadas de atenderte.