¿Qué ocurre cuando la pareja se rompe y ambos, o uno solo, decide dar El Paso de divorciarse? ¿Puede cualquiera irse de la vivienda familiar? ¿Debe hacerlo y qué consecuencias implica esa decisión? ¿En qué posición queda quien se queda habitando la vivienda?

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en sentencia de 10 de julio de 2020 razona, y creemos que, con acierto, qué ocurre cuando uno de los cónyuges abandona el domicilio familiar de forma voluntaria, volviendo posteriormente a retirar enseres personales, llegando incluso a cambiar las cerraduras de la vivienda y facilitándolas a quien continúa viviendo en la misma. La particularidad de este caso, muy habitual en procesos de separación, radica en que no existía aún resolución judicial sobre el divorcio ni dentro del procedimiento de familia que se hubiera pronunciado sobre la atribución del uso de la misma.

Tanto el Tribunal del Jurado como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias entendieron que existía un claro delito de allanamiento de morada previsto en el art.202.1 CP, y ello a pesar de que ambos eran propietarios de la citada vivienda y no había impedimento judicial alguno para que quien quería entrar, lo hiciera. En el mismo sentido se ha pronunciado el Tribunal Supremo en sentencia de casación, por la que considera que quien entra en un domicilio sin el consentimiento de la persona que lo habita, a sabiendas incurre en un delito de allanamiento de morada, a pesar de que sea también titular de la vivienda y haya sido vivienda familiar de la pareja.

Para que estemos frente a este tipo de delito de allanamiento de morada, la intromisión ilegítima debe hacerse sobre un espacio que se considere morada de quien es perjudicado por el delito, en este caso la pareja que se quedó en la vivienda.

Por tanto, cuando uno de los cónyuges abandona de forma incuestionable y de forma permanente la vivienda familiar no cabe posteriormente su regreso de forma voluntaria, debiendo respetarse el espacio de intimidad y seguridad de quien queda en la misma, hasta que haya un pronunciamiento judicial al respecto.

Evidentemente ante la situación de ruptura de uno pareja, la convivencia entre los mismos es complicada, por lo que hay que equilibrar según las circunstancias de cada caso concreto el perjuicio de quedarse en la misma frente al de abandonarla, con lo que ello conlleva.

Y como indicamos siempre, en el derecho de familia caben tantas posibilidades como familias existan, por lo que cada caso debe ser tratado de forma única, valorando las circunstancias de cada familia. Así que si tienes alguna duda sobre tu situación concreta envíanos tu consulta a través de nuestro formulario y te contestaremos sin compromiso o, si lo prefieres, llámanos, estaremos encantadas de atenderte.